La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió esta semana sobre 3⃣ temas.
- Corte agiliza obtención de actas de nacimiento
Para que las infancias tengan acta de nacimiento sin trabas y se proteja su derecho a la identidad, la Corte estableció dos reglas: en la CDMX, los bebés nacidos por gestación sustituta podrán ser registrados rápidamente si un juez valida que el acuerdo fue voluntario y sin abusos (se fijó jurisprudencia en este asunto); y para menores en proceso de adopción (acogimiento), se otorgarán actas provisionales para que tengan un documento oficial mientras termina su juicio. Con esto, se garantiza que ningún niño, niña o adolescente limite su desarrollo por falta de documentos que reconozcan su realidad jurídica. Contradicción de Criterios 159/2025. Resuelta en sesión de Pleno el 03 de febrero de 2026. Contradicción de Criterios 205/2025. Resuelta en sesión de Pleno el 04 de febrero de 2026. - Eliminan barreras y estereotipos en atención médica a indígenas
La Corte determinó que la falta de presupuesto no es excusa para negar el derecho a la salud, por lo que ordenó que las comunidades indígenas de Baja California reciban atención médica en su propia lengua a través de médicos o traductores. Además, determino realizar una interpretación conforme del término “enfermera” para que se entienda como “personal de enfermería”, ello con la finalidad de coadyuvar el uso de lenguaje incluyente para evitar estereotipos de género en la ley, garantizando así una atención igualitaria, sin discriminación y con respeto a la identidad cultural. Acción de Inconstitucionalidad 145/2024. Resuelta en sesión de Pleno el 03 de febrero de 2026. - Situación económica de una víctima no determina su indemnización
La Corte determinó que el sufrimiento emocional (daño moral) vale lo mismo para todos, por lo que el dinero que tenga una víctima no debe usarse para medir su dolor. Si bien la situación económica sí cuenta para calcular gastos médicos o ingresos perdidos, es discriminatorio usarla para valorar sentimientos o la pérdida de un ser querido; así, se garantiza que la ley proteja a todos por igual, sin importar su nivel de ingresos. Amparos Directos en Revisión 5225/2025 y 5506/2024. Resueltos en sesión de Pleno el 04 de febrero de 2026.
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