No. 14 – Decidimos sobre aguinaldo de pensionados, empresas que contaminan ríos y conservación de antecedentes penales.

Conoce aquí tres decisiones que la Corte tomó esta semana. Lee y comparte.

  1. Pensionados mantendrán aguinaldo previo a la reforma
    La Corte precisó que la reforma al artículo 74 de la Ley del ISSSTE de Zacatecas, que reduce el pago de aguinaldo a personas pensionadas, no viola el derecho a la seguridad social y es una medida razonable. Este criterio sólo aplica a quienes se pensionen después de la entrada en vigor de dicha reforma y no afecta a quienes ya contaban con una pensión. Además, se invalidaron los artículos que condicionaban la entrega de pensiones a la disponibilidad de recursos del Instituto, pues esto sí atentaba contra la Constitución y generaba un riesgo al derecho de seguridad social. Acción de Inconstitucionalidad 149/2024. Resuelta en sesión de Pleno el 12 de enero de 2026.
  2. Empresas que contaminen ríos deben pagar
    Una empresa de la industria del acero buscó ampararse contra la ley que, ante la falta de datos exactos sobre sus descargas contaminantes (por falla o falta de medidor), le cobraba un promedio de los últimos cuatro trimestres. El alto tribunal determinó que estas reglas brindan certeza jurídica a las empresas e incentivan el uso de medidores. Además, aseguró que la medida cumple con el principio de “quien contamina, paga”, contribuye a un mejor control de los residuos en cuerpos de agua y protege el derecho a un medio ambiente sano. Amparo en Revisión 233/2025. Resuelto en sesión de Pleno el 15 de enero de 2026.
  3. Las personas conservarán antecedentes penales
    Una persona condenada por tráfico de personas promovió un amparo para que su constancia de antecedentes penales no incluyera este delito argumentando que impedía su plena reinserción social. El máximo tribunal confirmó que el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal es constitucional. Por ello, las constancias solicitadas por personas con sentencia por delitos graves deben incluir toda la información de sus conductas, aun cuando ya hayan cumplido la pena impuesta. Esta disposición busca proteger a la sociedad sin promover prácticas de estigmatización ni el uso indebido de la información. Amparo en Revisión 637/2023. Resuelto en sesión de Pleno el 14 de enero de 2026.

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